Al igual que se realiza la solicitud de apertura del local en el municipio, se debe comunicar la apertura del centro de trabajo a la Conselleria de Trabajo:
Libro de visitas y sanciones:
Las empresas y los autónomos están obligados a tener en cada centro de trabajo y a disposición de la Inspección de Trabajo un Libro de Sanciones y Visitas donde los funcionarios anotarán las diligencias que encuentran durante su visita a una empresa.
El jefe de la inspección provincial es el encargado de validar dicho libro. En la primera hoja se recogerá los datos de la empresa y sellará cada uno de los folios.
En caso de agotarse el libro, debe conservarse durante un plazo de cinco años y para la habilitación del segundo hay que presentar el anterior para justificar el agotamiento de sus folios.